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Viaja con descuentos para maestros y estudiantes en vacaciones de invierno

La autoridad federal dio a conocer los descuentos para maestros y estudiantes que se aplicará durante la temporada vacacional de invierno

Los descuentos para maestros y estudiantes que viajan a través del autotransporte federal de pasajeros o en el servicio ferroviaro ya fueron activados, anunció la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

La dependencia anunció que los descuentos para maestros y estudiantes serán del 25 por ciento para maestros y 50 por ciento para estudiantes.

De acuerdo con una circular de la Dirección General de Autotransporte Federal, los descuentos para maestros y estudiantes estarán vigentes hasta el primero de enero de 2023.

¿Cómo hacer válido el descuento para maestros y estudiantes?

Maestros y estudiantes deberán:

  • Presentar credencial o constancia escolar
  • El documento deberá contener el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula

¿Qué instituciones entran dentro del descuento?

Las credenciales con las que maestros y estudiantes deberán acreditar el derecho al descuento serán de las siguientes instituciones educativas:

  • Integradas a los sistemas de educación de la SEP
  • Direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas
  • Universidad Nacional Autónoma de México
  • Instituto Politécnico Nacional
  • Universidades de toda la República
  • Institutos
  • Escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía
  • Colegio de Bachilleres
  • Escuelas incorporadas a las antes mencionadas

Los descuentos se efectuarán para los servicios de primera y económico de autotransporte federal de pasajeros, así como el servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en su modalidad de regular interurbano.

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No me hicieron el descuento ¿qué hago?

Las quejas en lo concerniente a las tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario.

En caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SICT que corresponda al domicilio del usuario.

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